Propiedad Industrial/Intelectual & Mercado

  Titular: Dra. Teodora ZAMUDIO
   Comisión 0400 Equipo docente

 Derecho ~ Universidad de Buenos Aires

 

 

Obra musical

Presentación
Fuentes & Referencias

G.A.T.z. Ediciones Digitales

Equipo de edición

 

 

Normativa

Jurisprudencia

Bibliografía

Modelos y Útiles

 

FUENTE: D,N,D,A,

Una canción debe primero registrarse en la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), con su partitura y su letra dentro de un sobre lacrado y firmado en sus uniones. El costo de un formulario DNDA es de $10 para música sin letra y $16 para música y letra.

En ciertas localidades este trámite puede realizarse en las oficinas de SADAIC.

El paso siguiente, el cual sólo es factible siendo un asociado, es declarar la canción en SADAIC, para poder cobrar los derechos por difusión y venta.

En un formulario cuyo costo es de $1 se detallarán:

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el nombre de la canción,

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el/los autor/es (letra) y compositor/es (música),

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género (debe ser un género registrado en SADAIC), y

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se transcribirá la música con el cifrado armónico y la letra (en una sección destinada a tal fin)

A cada canción que ingresa en SADAIC se le asigna un número o código ISWC, con el cual se podrán identificar desde otras sociedades de derechos.

La primera categoría en la que un músico puede inscribirse en SADAIC es la de "representado", la cual sólo requiere abonar $76 por única vez, sin examen musical ni obra editada.

Para las demás categorías existe una serie de requisitos como tener obras editadas (CDs editados por compañía registrada). Así se podrá acceder a una obra social e incluso tener dercho a votar por los directivos.

También pueden censarse los intérpretes.

Para que se autorice un seudónimo, el autor y/o compositor debe tener
previamente una obra editada o grabada con su nombre de arte.

Las obras declaradas en SADAIC no se renuevan, en cambio en la D.N.D.A. deben renovarse cada 3 años, salvo las obras "editadas" (impresas en papel).

A cada músico se le asigna un número de cuenta con el cual se lo identifica.

 

Básicamente SADAIC recauda dinero de las radios, canales de televisión, lugares bailables etc. el cual distribuye entre las obras que tuvieron difusión según unas planillas donde se declaran las canciones difundidas. En las Carta de Pago esto figura como "rubro ejecución". 

Los derechos abonados por las Compañías. Grabadoras son liquidados bajo el "rubro fonomecánico".


Información de contacto:

Sede Central

Lavalle 1547

(1048) Buenos Aires - Argentina

Tel: (011) 4379-8600 / 4371-2883 - Fax: 4379-8633 - Fax internacional: 54-11-1-1985

Website: www.sadaic.org.ar  (www.consulmedia.com/tramites/index_sadaic.htm )  

emails:

Dpto. Socios y Obras: nbalvidares@sadaic.org.ar

División Internacional: lfraticelli@sadaic.org.ar

Instituto del Derecho de Autor (IDEAS): mhuerta@sadaic.org.ar

 

Sucursal Rosario:

Córdoba 1799

(2000) Rosario

Tel: (0341) 425-1150  /  425-7211

email: sadaicro@sadaic.org.ar

 

Oficina en Miami:

SADAIC Latin Copyrights

825 Brickell Bay Drive, Tower III Suite 1751

Mezzanine, Miami 33131 - USA

Tel: (1-305)3819326 - Fax: 358-2502

email: sadaicmia@aol.com

website: http://www.sadaicmia.com 

 

Oficina en Madrid

Fuencarral 11 - 3er Piso Derecha

Madrid (28004) España

Tel: (3491) 521-7723 - Fax: 521-0204

 

 

OBRA INÉDITA  NO MUSICAL

  

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