Propiedad Industrial/Intelectual & Mercado

  Titular: Dra. Teodora ZAMUDIO
   Comisión 0400 Equipo docente

 Derecho ~ Universidad de Buenos Aires

 

 

OMPI~Convenio de Budapest (resumen)

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G.A.T.z. Ediciones Digitales

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FUENTE: OMPI

Versión completa: Tratado de Budapest sobre el reconocimiento internacional del depósito de microorganismos a los fines del procedimiento en materia de patentes (ACTA ' 91)

El Tratado de Budapest se adoptó en 1977.

La característica principal del Tratado consiste en que un Estado contratante que permite o exige el depósito de microorganismos a los fines del procedimiento en materia de patentes debe reconocer, a ese efecto, el depósito de un microorganismo en una “autoridad internacional de depósito” con independencia de que dicha autoridad se encuentre dentro o fuera del territorio de dicho Estado.

La divulgación de la invención es una condición que se impone para la concesión de patentes. Normalmente, una invención se divulga mediante una descripción escrita. Cuando en una invención interviene un microorganismo o su utilización, no es posible la divulgación por escrito; sólo puede efectuarse mediante el depósito de una muestra del microorganismo en una institución especializada. En la práctica, el término “microorganismo” se interpreta en un sentido amplio, y abarca el material biológico cuyo depósito es necesario a los fines de la divulgación, en particular en lo que respecta a las invenciones relativas a los ámbitos de la alimentación y la industria farmacéutica.

Con el fin de eliminar la necesidad de un depósito en cada país en que se procura la protección, el Tratado prevé que el depósito del microorganismo en una “autoridad internacional de depósito” es suficiente a los fines del procedimiento de patentes ante las oficinas nacionales de patentes de todos los Estados contratantes y ante cualquier oficina regional de patentes (si esa oficina regional declara que reconoce los efectos del Tratado).

Lo que el Tratado denomina “autoridad internacional de depósito” es una institución científica - como un “banco de cultivos” - capaz de conservar los microorganismos. Esta institución adquiere la calidad de “autoridad internacional de depósito” cuando el Estado contratante en cuyo territorio se encuentra proporciona seguridades al Director General de la OMPI de que reúne y continuará reuniendo determinadas condiciones previstas en el Tratado.

Al 28 de enero de 2005, existían 36 autoridades de esa índole: siete en el Reino Unido, tres en la Federación de Rusia y en la República de Corea, dos en China, los Estados Unidos de América, Italia, Japón y Polonia respectivamente, y una en Alemania, Australia, Bélgica, Bulgaria, Canadá, Eslovaquia, España, Francia, Hungría, India, Letonia, Países Bajos y la República Checa, respectivamente.

 

 depósito
Establece un sistema uniforme de reconocimiento
   suministro de muestras

El Tratado no prevé el establecimiento de un presupuesto, pero crea una Unión y una Asamblea cuyos miembros son los Estados que son parte en el Tratado. La tarea principal de la Asamblea es la modificación del Reglamento establecido en virtud del Tratado. No podrá exigirse a ningún Estado el pago de contribuciones a la Oficina Internacional de la OMPI por ser miembro de la Unión de Budapest ni para establecer una “autoridad internacional de depósito”.

El Tratado está abierto a los Estados parte en el Convenio de París para la protección de la propiedad industrial (1883). Los instrumentos de ratificación o adhesión deben depositarse en poder del Director General de la OMPI.

Estados miembro de la Unión:(55).  Australia, Austria, Belarus, Belgium, Bulgaria, Canada, China, Croatia, Cuba, Czech Republic, Democratic People’s Republic of Korea, Denmark, Estonia, Finland, France, Germany, Greece, Hungary, Iceland, India, Ireland, Israel, Italy, Japan, Kazakhstan, Latvia, Liechtenstein, Lithuania, Mexico, Monaco, Netherlands, Norway, Philippines, Poland, Portugal, Republic of Korea, Republic of Moldova, Romania, Russian Federation, Singapore, Slovakia, Slovenia, South Africa, Spain, Sweden, Switzerland, Tajikistan, The former Yugoslav Republic of Macedonia (as from August 30, 2002), Trinidad and Tobago, Turkey, Ukraine, United Kingdom, United States of America, Uzbekistan, Yugoslavia  

  

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