Propiedad Industrial/Intelectual & Mercado

  Titular: Dra. Teodora ZAMUDIO
   Comisión 0400 Equipo docente

 Derecho ~ Universidad de Buenos Aires

 

 

OMPI~Convenio de Ginebra (resumen)

Presentación
Fuentes & Referencias

G.A.T.z. Ediciones Digitales

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FUENTE: OMPI

Versión completa: Convenio de Ginebra para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas del 29 de octubre de 1971

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Co Administrado con la UNESCO

El Convenio establece la obligación de cada Estado contratante de proteger a los productores de fonogramas que son nacionales de otro Estado contratante contra

la producción de copias sin el consentimiento del productor,

la importación de dichas copias, cuando la producción o la importación se hagan con miras a la distribución al público, y

la distribución de esas copias al público.

Se entenderá por “fonograma” una fijación exclusivamente sonora (por lo que no incluye, por ejemplo, las bandas sonoras de películas o de videocasetes), cualquiera sea su forma (disco, cinta, etc.).

 

   

puede otorgarse mediante

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la legislación sobre derecho de autor,

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una legislación sui generis (derechos conexos),

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la legislación sobre competencia desleal o

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el derecho penal.

La protección

 
   

debe tener una duración mínima de 20 años contados desde la primera fijación o la primera publicación del fonograma. (Sin embargo, las legislaciones nacionales prevén cada vez con mayor frecuencia un plazo de protección de 50 años.)

La Secretaría de la OMPI ejerce las funciones de secretaría para este Convenio.

El Convenio no prevé la constitución de una Unión, ni el establecimiento de ningún órgano rector ni presupuesto.

El Convenio está abierto a todos los Estados que son miembros de las Naciones Unidas o de cualquiera de los organismos del sistema de las Naciones Unidas. Los instrumentos de ratificación, aceptación o adhesión deben depositarse en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.

Estados miembro (75 miembros): Albania, Alemania, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Barbados, Belarús, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Canadá, Chile, China, Chipre, Colombia, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América (los), Estonia, Federación de Rusia, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Grecia, Guatemala, Honduras, Hungría, India, Irán (República Islámica del), Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, la ex República Yugoslava de Macedonia, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, México, Mónaco, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos (los), Panamá, Paraguay, Perú, Reino Unido, República Checa, República de Corea (la), República de Moldova, República Democrática del Congo, Rumania, Santa Lucía, Santa-Sede (la), Serbia y Montenegro, Suecia, Suiza, Togo, Trinidad y Tabago, Ucrania, Uruguay, Venezuela, Viet Nam

  

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